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CÓMO ACTUAR EN CASO DE UN ACCIDENTE DE TRÁNSITO ?

Qué hacer en accidentes de tránsito?


Nos especializamos en Accidentes de Tránsito con Muertos o Lesionados Graves. Expertos en DEFENSA de CONDUCTORES EBRIOS, pero también defendemos VíCTIMAS de accidentes de tránsito. Tarifas de honorarios asequibles.


No tomamos casos de sólo daños a los vehículos a no ser que sea de cuantía considerable. Tampoco asesoramos estos casos. Gracias por su comprensión


Video de entrevista en televisión a uno de nuestros abogados al final de este post.


Representamos y ejercemos la Defensa técnica jurídica de responsables y/o presuntos responsables en accidentes de tránsito; defendemos los intereses de las víctimas en procesos judiciales por accidentes de tránstio. 



Tarifas justas y asequibles, consúltenos.
Honorarios desde $1'400.000 (Pesos Colombianos), para víctimas más cuota litis - Pago por cuotas es posible.

Desde $2'990.000 (Pesos Colombianos) para CONDUCTORES PROCESADOS por lesionados o muertos.



La redacción de este artículo aún no termina. Faltan muchos temas por tratar. Post en Construcción !!


Hacen parte de nuestro equipo, médicos expertos e pruebas de embriaguez, alcoholemia, prueba de sangre. 

Sí tiene aseguradora,  recuerde que parte de nuestros honorarios los podrá cubrir su asegurador y esto le representará un ahorro o descuento para ud.



¿Qué hacer y cómo actuar e caso de accidente de tránsito?


EN CUANTO AL SOAT: 

Recuerde que Ud. podrá hacer uso del SOAT,  el cual cubre los ocupantes del vehículo asegurado y los peatones víctimas con el accidente. Ningún establecimiento hospitalario o clínico podrá negarse a la atención de las personas víctimas de accidentes de tránsito. Están obligados a prestar la atención sin exigir prueba de capacidad de pago o garantía de pago de los servicios. El incumplimiento de esta obligación acarrea sanciones según el artículo 195 del Estatuto Orgánico Financiero y el decreto 2878 /1991.

En caso de que la colisión sea con un automotor no asegurado entonces las indemnizaciones serán asumidas por el FOSYGA. Más sobre el SOAT. Con base en el Decreto 0967/2012, el Ministerio de Salud y Protección Social, aumentó de 500 a 800 SMLDV (Salarios mínimos legales diarios vigentes) la cobertura para gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios. 

La cobertura del SOAT es la siguiente: 



Gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y  hospitalarios
Incapacidad Permanente
Muerte
Gastos Funerarios
Gastos de transporte y movilización de las víctimas


En cuanto a servicios médicos el soat cubre: 



Atención inicial de urgencias y atención de urgencias.

Hospitalización.

Suministro de material médico-quirúrgico, osteosíntesis, órtesis y prótesis.

Suministro de medicamentos.

Tratamientos y procedimientos quirúrgicos.

Servicios de diagnóstico.

Rehabilitación.


JURISPRUDENCIA Y DECISIONES SOBRE URGENCIAS Y ATENCIÓN DE VICTIMAS EN ACCIDENTES DE TRÁNSITO: 


- Sentencia T-959 de septiembre 15 de 2005

- Literal A del artículo 34 del Decreto 1283 de 1996

- T-111 de 2003 Y T-1196 de 2003

- Superintendencia de Salud: CIRCULAR EXTERNA N° 014 de 1995

- Superintendencia Nacional de Salud: CIRCULAR EXTERNA No. 014 de 1995



EN CUANTO A LA PARTE PROBATORIA


Llame o solicite llamada inmediatamente a su aseguradora y/o abogado de confianza,  Sí no lo tiene, guarde nuestros datos, en cualquier momento nos puede necesitar. 

- Trate siempre de firmar el croquis si sus condiciones se lo permiten. Sí ud. no está de acuerdo con el croquis, NO SE NIEGUE A FIRMARLO, ya que la autoridad podrá designar un testigo para que haga constar incluso hasta lo que no ocurrió en la realidad. Lo aconsejable es que ud lo firme y en "observaciones" escriba: " NO ESTOY DE ACUERDO CON ESTE CROQUIS. ME RESERVO EL DERECHO A REFUTARLO POSTERIORMENTE" Sí el agente o policía de tránsito no le quiere permitir hacer observaciones, recuérdele que ud. podrá denunciarlo ante Control Interno Disciplinario o la Procuraduría competente y ante la misma justicia por esta arbitrariedad. Sugerimos poner primero las observaciones y luego sí firmar, para evitar que el agente de tránsito o policía le arrebate el croquis antes que ponga las observaciones.

Muchas víctimas o procesados han aducido que la autoridad les ha solicitado dinero para hacer el croquis a favor; tenga mucho cuidado puede ser una trampa que agrave su situación, lo mejor es que siga las instrucciones aquí expuestas y se lo comunique a su abogado de confianza. En todo caso en el croquis debe ser inscrito lo acontecido realmente. 


- Tenga en cuenta que hay múltiples argumentos, pruebas, etc. para desvirtuar todo croquis. Muchas veces el abogado, ante los accidentes atípicos difíciles de demostrar responsabilidad de una u otra parte, debe enfocarse en sembrar y demostrar que alrededor de ellos hay mucha duda, lo cual debe favorecer al procesado a la hora de la sentencia.

- No se deje afectar mentalmente, no se deje provocar, manténgase prudente, no irrespete ni ejerza actos de violencia  contra de la autoridad, víctimas o extraños. Recuerde también que puede ser filmado o grabado, y eso podrá empeorar su situación.

- Se sienta o no responsable por lo acontecido, sí sus condiciones lo permiten, siempre trate de ofrecer ayuda a la víctima, esta conducta le beneficiará durante el proceso. Sí por motivos de seguridad debe huir del lugar, recuerde que podrá alegar esta situación como justificación del porqué no ayudó a la víctima o firmó el croquis en el momento. Recomendamos presentarse a la estación de policía o autoridad más cercano al hecho donde no corra peligro, indicando lo ocurrido.  


- Evite dar declaraciones más allá de lo necesario. Simplemente diga que ud. iba por la vía y ocurrió el accidente; tenga mucho cuidado con las palabras que usa al describir el hecho. Trate de no dar tantas explicaciones, limítese a auxiliar a los heridos si sus condiciones lo permite; recuerde, que el shock que padece muchas veces no le deja apreciar la realidad del momento e inclusive como consecuencia puede generar en ud. un sentimiento de culpabilidad y lo puede llevar a autoincriminarse  sin que sea responsable, es un efecto normal y frecuente en la psiquis de la persona ante el trauma que deja este tipo de sucesos.  



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www.icedaabogadosyasesores.com 



- Designe a un familiar, amigo ó conocido para que se ubique en el área del accidente si fuere posible y esté pendiente de todas las diligencias relacionadas con el suceso; es probable que por el shock que padezca le incapacite para estar alerta a todo. Vale la pena anotar, que muchas veces, extraños e individuos inescrupulosos de las mismas autoridades suelen alterar, ocultar o contaminar las pruebas que pueden servir para su defensa o para probar la responsabilidad del presunto victimario. Si ud. observa o evidencia que está siendo objeto de un complot o "componenda" denúncielo o dígale a su abogado, el sabrá como proceder.

- Tenga especial cuidado cuando se vaya a practicar el examen relacionado con embriaguez, pueden ser manipulado en su contra. Sí esto ocurrió, hay muchas formas de confrontar y derribar esta prueba.

Sí el examen médico de embriaguez (ejercicios y pruebas físicas) sale negativo ud. se puede negar a la prueba de sangre. Sí éste examen da positivo solicite que le hagan el de sangre sí está seguro que no se encuentra ebrio, tenga cuidado con el manejo de esta prueba, de esto depende en gran parte el proceso.  Muchas veces la persona sin estar embriagada puede arrojar positivo en la prueba de sangre, ya que es probable que su organismo no haya metabolizado rápidamente el alcohol ingerido muchas horas atrás.


- Recuerde que no siempre que se tiene tufo o aliento alcohólico quiere decir que ud. se encuentre embriagado, esto puede refutarse científicamente con plena validez y ponderación por el operador judicial.

- Sí ud. se encuentra en condiciones, Nunca abandone el lugar del accidente hasta que se levante el croquis y se haya atendido hasta el último lesionado o muerto; sí teme por su seguridad, entonces entréguese en la estación de policía más cercana y segura para ud. pero trate siempre de dejar un conocido, amigo o familiar en el área pendiente de todo el procedimiento que se practica en estos casos. 


- Recomendamos que siempre se realice por parte del interesado sus propias pruebas con entidades privadas especializadas ó personas naturales expertas; ya que en algunas ocasiones se ha evidenciado que se practican y hacen valer pruebas inexactas o no concordantes con la realidad para beneficiar a determinada parte del proceso ó por simple error en el procedimiento sin ninguna mala intención.


- Trate siempre de tomar en el mismo momento del accidente o poco después (sin dejar pasar mucho tiempo) los nombres de los testigos con sus datos de contacto, ya que le serán útiles durante el proceso. 


- No se deje intimidar ni atemorizar, muchas veces los procesados se allanan o realizan preacuerdos aún teniendo la forma de obtener una victoria en el proceso, otras veces, lo más recomendable es que el abogado realice una negociación con el Fiscal del caso de conformidad con la Ley 906 de 2004.


- Sí ud. es conductor habitual trate siempre de llevar una cámara o por lo menos un celular con cámara, cuyas fotos se puedan descargar posteriormente. Tómele fotos a su vehículo en todas sus partes, también a los vehículos involucrados si los hay, huellas ó señales en el pavimento, foto al interior de los vehículos involucrados si fuere posible, tómele foto a la vía y una panorámica lo más cercana posible al sitio de los hechos, igualmente tómele fotos a los mojones o puntos de que le puedan servir de referencia más adelante para la reconstrucción de los hechos sí fuere necesario. ES mejor todavía, que adicional a lo anterior, tome un video del lugar de los hechos con los vehículos involucrados. 


Existen muchas otras medidas, estrategias y procedimientos útiles, los cuales,  se aplican en cada caso en particular.

Fijamos tarifas asequibles y justas de conformidad con las circunstancias que rodean el caso y la complejidad del mismo.

En el próximo video del programa "CONTACTO DIRECTO" del CANAL INSTITUCIONAL de Colombia, podrán encontrar aspectos interesantes sobre accidentes de tránsito tales como, uso del SOAT, derechos de las víctimas, pruebas importantes en el proceso judicial, qué hacer en estas circunstancias, etc. 


Para este programa fue consultado y entrevistado el abogado del Grupo, Dr. Alberto Iceda. Ubique en el video en el minuto 16' para que pueda conocer aspectos interesantes en estos procesos por accidente de tránsito. 






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Comentarios

  1. Excelentes Abogados. En mi proceso yo era el procesado y no la víctima y me defendieron muy bien, se logró probar que la víctima fue la culpable del accidente a pesar de que mi examen de embriaguez fue positivo. El abogado demostró que esto no influyó en el accidente. Gracias, los recomendaré siempre.

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  2. Hola. mi caso es el siguiente: En el 2011, mi esposo y yo nos trasladábamos en una motocicleta por la vía (lado derecho), y al lado izquierdo estaba un chico en su carro. El chico de la nada se paso para el carril derecho invadiendo nuestro carril y ocasionando que por querer esquivarlo nos golpeara con el carro y nos lesionara en lo personal no tuve ningún golpe ya que yo era el pasajero, pero mi esposo que iba conduciendo se fracturo la clavícula izquierda. Estuvo dos meses incapacitado, y nunca hicimos nada por la vía legal ya que el caso se fue a proceso por la fiscalia; el chico y su madre nunca hicieron saber nada acerca de una conciliación; pero no quiero que esto se quede como si nada, ya que a mi esposo aun le cuesta movilizar el brazo y su clavícula no esta del todo bien. Que puedo hacer yo.

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