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Corte Constitucional ordena a Google eliminar Blog por Calumnia. Afectación de Derecho a la honra, intimidad y buen nombre.

Un ciudadano fue víctima de una publicación en  la plataforma bloguera Blogger de GOOGLE INC  (blogspot.com) en la que se le acusaba de ser un estafador sin haber sido vencido en juicio o condenado por delito alguno.

Con base en el Decreto 2591 de 1991, el cual reglamenta el amparo más importante que trajo la Constitución Política de 1991,  el afectado interpuso una Acción de Tutela que en sus primeras instancias fue fallada en su contra,  hasta que siendo  seleccionada por la Corte Constitucional para la revisión que establece la Ley, esta concede la protección buscada.

La Corte Constitucional consideró que tanto el ciudadano anónimo autor de la publicación como Google INC tenían el deber de eliminar la publicación que difamaba al ciudadano quejoso, ordenando el amparo de inmediato de sus  Derechos Fundamentales a la intimidad, al buen nombre y a la honra.

Así las cosas, la Corte ordenó a  Google Inc. eliminar  el blog, por cuanto su contenido "imputa de forma anónima información no probada sobre la comisión del delito de estafa y otras expresiones que pueden considerarse injurias y calumnias"

Es preciso aclarar, aprovechando esta noticia, que todo ciudadano que use redes sociales, Whatsapp, Facebook, Twitter, etc. para injuriar o calumniar a otra persona, podría ser condenado a pena de prisión a la luz de nuestro código penal.

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