En contratación estatal, la Supervisión en el desarrollo del contrato debe hacerla un Servidor Público. Sí requiere un personal de apoyo para esta labor y dentro de la planta no hay servidores idóneos, por medio de prestación de servicios (No Cosultoría) puede contratar estas labores de apoyo.
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COMPRA DE SENTENCIAS JUDICIALES CONTRA EL ESTADO. NO ESPERE TANTO TIEMPO PARA DISFRUTAR DE SU DINERO
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