Las entidades prestadoras de salud (EPS) no podrán desafiliar a los trabajadores por incumplir el pago de los aportes mientras estos sean asalariados y cuenten con una relación laboral vigente. Así lo determinó el Consejo de Estado al declarar inconstitucional un artículo del Decreto 2400 del 2002, que sancionaba con el retiro inmediato del sistema de salud al empleado que se atrasara tres meses en el pago de los giros.
POST DESTACADO HOY
COMPRA DE SENTENCIAS JUDICIALES CONTRA EL ESTADO. NO ESPERE TANTO TIEMPO PARA DISFRUTAR DE SU DINERO
Compra de sentencias judiciales contra el Estado Compran sentencias judiciales Compra de derechos en procesos juidiciales Abogados compra...


ULTIMA ENTREVISTA EN TELEVISIÓN DE NUESTRO DIRECTOR. Para conocer más entrevistas, diríjase al menú superior .

Suscribirse a:
Comentarios de la entrada (Atom)
No hay comentarios.:
Publicar un comentario