Asumir tratamientos contra la Bulimia y Drogadicción ordenó la Corte Constitucional a EPS`s
La CORTE CONSTITUCIONAL en un fallo de acumulación de acciones de tutelas ordenó a varias EPS's asumir tratamientos contra la Bulimia y Drogadicción de pacientes que carecen de medios económicos para asumirlos. Manifestó la Corte que se busca evitar un daño irreparable para estos usuarios del sistema de salud que requieren Tratamiento inmediato.
También consideró el ente judicial que el POS debe incluir un programa de diagnóstico y rehabilitación de los desórdenes alimenticios.
Sentencia T-094 de Febrero 22/11
M.P. Juan Carlos Henao
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Los requisitos que la Jurisprudencia Constitucional reconoce para proteger el Derecho a la Salud ordenando un servicios médico que no estè incluido en el POS son los siguientes:
1) El Servicio ha sido ordenado por un médico adscrito a la entidad encargada de garantizarlo.
2) La Falta del servicio viola o amenaza los Derechos a la vida y a la integridad personal.
3) El Paciente no puede costearlo directamente por incapacidad econòmica.
4) El Servicio no puede ser sustituido por otro incluido en el POS
La EPS tiene la obligación de asumir los tratamientos pero podrá recurrir al FONDO DE SOLIDARIDAD Y GARANTÍA para el respectivo recobro.
excelente que se nos mantenga informados sobre estos temas, ya que asi nos mantendremos actualizados juridicamente, gracias por au aporte.
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