Las entidades prestadoras de salud (EPS) no podrán desafiliar a los trabajadores por incumplir el pago
Las entidades prestadoras de salud (EPS) no podrán desafiliar a los trabajadores por incumplir el pago de los aportes mientras estos sean asalariados y cuenten con una relación laboral vigente. Así lo determinó el Consejo de Estado al declarar inconstitucional un artículo del Decreto 2400 del 2002, que sancionaba con el retiro inmediato del sistema de salud al empleado que se atrasara tres meses en el pago de los giros.
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