VÍCTIMAS Y LA PRECLUSIÓN EN EL SISTEMA PENAL ACUSATORIO
En sentencia de octubre de 2011, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia determinó que la víctima sí puede apelar directamente el auto que precluye la investigación pero que su sustentación debe hacerla a través de abogado. Sí no tiene condiciones económicas para contratar uno particular, debe solicitarlo a la Defensoría Pública para que le asignen un abogado que sustente con la técnica jurídica el recurso invocado.
Sí la víctima no esgrime los fundamentos necesarios que sustentan su apelación y no señala con suficiencia y en concreto las razones de su inconformidad con la providencia recurrida así como los yerros en que incurrió el operador judicial que emite la providencia que se ataca, no estará cumpliendo con su obligación de sustentar el recurso y por lo tanto deberá desclarse desierto el mismo.
(CSJ, S. Penal., Auto Exp. 37449, oct. 19/11, M. P. Sigifredo Espinosa)
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