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CASO DE EXITO. TUTELA CONTRA CONJUNTO "TORRES FLOTANTES" DE BARRANCABERMEJA DEBE PERMITIR EL ACOPIO DE BASURAS

ACCION DE TUTELA CONTRA PROPIEDADES HORIZONTALES POR PRIVACIÓN DE CIERTOS SERVICIOS. 

ACCION DE TUTELA CONTRA LA PROPIEDAD HORIZONTAL "TORRES FLOTANTES" DE BARRANCABERMEJA, SANTANDER POR NO PERMITIR ACOPIO DE BASURAS A CIUDADANO.

En este caso, la propiedad horizontal referida, habida cuenta de enfrentamientos personales con nuestro cliente que ha censurado algunos actos de la copropiedad, prohibió el acopio o depósito de basuras al interior del conjunto.También procede la acción de tutela por privación de otro tipo de servicios.

Vale la pena anotar que nuestro cliente es propietario de un RESTAURANTE que funciona en un local comercial exterior de la referida propiedad horizontal. 

En este caso la copropiedad también argumentó que la medida de privar al cliente de la recolección y acopio de las basuras obedecía a una deuda contraída por el anterior propietario. 

La Autoridad judicial decidió desestimar los argumentos de la copropiedad y ordenó permitir el acopio de las basuras sin condicionamiento diferente al cumplir las normas sobre manejo de basuras. 

A la fecha de redacción de este post, estaba por fallarse incidente de desacato promovido y asesorado por nuestro grupo. 

No se publican todos los casos de éxito.  Respetamos la confidencialidad exigida por el cliente. Los casos publicados han sido autorizados previamente.



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