FONDO NACIONAL DEL AHORRO NO PUEDE VARIAR UNILATERALMENTE CONDICIONES DE LOS CRÉDITOS (PLAZO Y SISTEMA AMORTIZACIÓN)
Abogados Tutela contra FONDO NACIONAL DEL AHORROS
La Corte ha advertido que al FONDO NACIONAL DEL AHORRO le está prohibido realizar MODIFICACIONES al PLAZO y SISTEMA DE AMORTIZACIÓN de los CRÉDITOS. No puede VARIAR de forma UNILATERAL las condiciones de los créditos porque vulneraría DERECHOS FUNDAMENTALES del ciudadano.
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TUTELA
Es el caso de un ciudadano al que el FONDO NACIONAL DEL AHORRO, de manera unilateral y sin su consentimiento, modificó las condiciones del crédito para la adquisición de vivienda a largo plazo, lo que conllevó al ostensible aumento del número de cuotas por pagar y el tiempo estipulado inicialmente.
En su momento el FNA argumentó que la reliquidación y redenominación del crédito obedeció al cumplimiento de la orden contenida en la Ley 546 de 1999 “Por la cual se dictan normas en materia de vivienda, se señalan los objetivos y criterios generales a los cuales deben sujetarse el Gobierno Nacional para regular un sistema especializado para su financiación, se crean instrumentos de ahorro destinado a dicha financiación, se dictan medidas relacionadas con los impuestos y otros costos vinculados a la construcción y negociación de vivienda y se expiden otras disposiciones”, y en las instrucciones dadas por la Superintendencia Bancaria, hoy Superintendencia Financiera, respecto de este tipo de créditos.
La Corte amparó el DERECHO AL DEBIDO PROCESO y la VIVIENDA DIGNA y ordenó al FNA ofrecer al cliente "una o varias alternativas de reestructuración del saldo del crédito hipotecario otorgado a su favor, sujeta a un acuerdo de voluntades. Para tal efecto, deberá (i) consultar la condición actual del crédito y el valor de lo que efectivamente se ha cancelado por la actora desde el año mil novecientos noventa y seis (1996) hasta la fecha; (ii) cumplido lo anterior y dentro de los quince (15) días siguientes, suministrar a la deudora información clara, completa, precisa y comprensible del estado del crédito y del comportamiento del mismo."
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