FUERO PREPENSIONADOS. PROTECCIÓN ESPECIAL A LOS PREPENSIONADOS
PROTECCIÓN ESPECIAL A LOS PREPENSIONADOS
Es una protección especial para que personas vinculadas laboralmente al sector público o privado, que le falten 3 años o menos para acreditar la edad de pensión de vejez o teniendo la edad para pensionarse le faltaré 156 semanas o menos de cotización al sistema pensional, no puedan ser despedidos o desvinculados.
En el evento que al prepensionado se le desvincule podrá ejercer las acciones administrativas y judiciales del caso.
En el evento que al prepensionado se le desvincule podrá ejercer las acciones administrativas y judiciales del caso.
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