DEMANDAS CONTRA EL ESTADO
ABOGADOS ESPECIALISTAS PARA DEMANDAS CONTRA EL ESTADO POR DAÑOS Y PERJUICIOS
Uno de nuestros Abogados expertos del tema tiene
muchos años litigando en este tema, también trabajó para el Estado hace un
tiempo defendiendo una empresa industrial y comercial del Estado, así mismo
trabajó para un Tribunal Administrativo donde conoció muchos casos de este
tipo, proyectó sentencias y otras decisiones.
Poseemos suscripciones, compendio permanente de
jurisprudencia (sentencias) y otros productos, que nos permiten estar muy
actualizados respecto de las últimas decisiones de las Altas Cortes, sus
teoría, diferentes tipos de hechos y situaciones que generan responsabilidad
del Estado, etc.
Poseemos un excelente equipo que se actualiza
constantemente para determinar y liquidar con los MONTOS MÁS ALTOS
procedentes, la cuantía de los daños y perjuicios causados a los
ciudadanos que desean demandar al Estado.
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Sí usted considera que
el Estado debe indemnizarle por algún perjuicio causado, debe actuar rápido,
recuerde que los términos de caducidad de las acciones podrían perjudicar su
propósito de ser INDEMNIZADO. Contáctenos cuanto antes.
Presentamos demandas por
los siguientes hechos y situaciones:
- REINTEGROS por actos de retiro, destitución, insubsistencia, otros.
- PRIVACIÓN INJUSTA DE
LA LIBERTAD, fallas y Errores Judiciales
- CONTRATO REALIDAD
(Trabajadores contratados bajo prestación de servicios, siendo una relación
laboral en realidad)
- Para que se declare una relación laboral
- Demandas contra Resoluciónes que imponen sanciones por superintendencias y otras entidades.
- Acciones Populares y TUTELAS contra Entidades del Estado.
- Demandas contra toda decisión del Estado que sea controvertible, vulnere Derechos, etc.
- Demandas contra decisiones de Entidades Públicas
- Demandas contra Municipios, Departamentos y entes territoriales en general.
- Demandas contra Secretarías y entidades de Tránsito por Suspensión de Licencias y otras decisiones.
- Ocupación por
TRABAJOS PÚBLICOS
- Responsabilidad del
Estado Legislador
- Responsabilidad del
Estado por ACTOS TERRORISTAS
- Responsabilidad del
Estado por DAÑO A LOS CONSCRIPTOS (Soldados)
- Responsabilidad del
Estado por DAÑO A LOS RECLUSOS O INTERNOS
- Todo aquel daño que
sea imputable al Estado de conformidad con el artículo 90 de la Constitución
Política.
ARTICULO 90. El Estado
responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables,
causados por la acción o la omisión de las autoridades públicas.
En el evento de ser
condenado el Estado a la reparación patrimonial de uno de tales daños, que haya
sido consecuencia de la conducta dolosa o gravemente culposa de un agente suyo,
aquél deberá repetir contra éste.
Mi demanda contra la resolución de DECLARATORIA DE INSUBSISTENCIA fue exitosa y me pagaron todos los salarios dejados de percibir y me reintegrarón, gracias Dr. Iceda. EStoy muy agradecida.
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